Tres
conceptos indispensables para considerar el riesgo en el ámbito de la gestión
empresarial, y que por lo que he podido observar solo son considerados en
determinados sectores de actividad.
Me
gustaría aclarar que este blog pretende sobretodo, introducir en el mundo de la
gestión de riesgos a directivos y mandos intermedios que no han tenido una
relación directa con éstos por no trabajar en sectores en los que el riesgo
son parte inherente a la actividad desarrollada de forma histórica.
Creo
que sin duda uno de los mejores documentos que he leído al respecto es el de
“Buenas Prácticas en gestión de riesgos. Definición e implantación de Apetito
de Riesgo”, de la fábrica de pensamiento del Instituto de Auditores Internos de
España. Este documento puede encontrarse en el siguiente enlace:
Así,
en este post haremos una simple mención a los conceptos intentando que nos
podamos quedar con la intención y utilidad de los mismos más que una discusión
pormenorizada de su referencia en los diferentes estándares y principios.
De
este modo, hablaremos de tres niveles, coincidiendo cada uno de ellos con uno
de los conceptos.
El
apetito al riesgo será la cantidad de riesgo que estamos dispuestos a asumir
La
tolerancia al riesgo será la cantidad de riesgo que podríamos llegar a asumir
La
capacidad de riesgo es el riesgo máximo asumible sin comprometer los objetivos
Apetito, tolerancia y
capacidad de riesgo. Fuente: Definición e implantación de Apetito de Riesgo.
Instituto e Auditores Internos de España.
En
un curso sobre la ISO 31000:2009 al que asistí en Madrid el pasado mes de
marzo, tratando sobre el tema de estas definiciones, una compañera ofreció un
ejemplo que consideré simplemente brillante y que me permito reproducir con
alguna aportación personal a continuación:
Imaginemos
que conducimos un vehículo de gama alta que tiene una velocidad punta en
autopista de 300 km/h.
Supongamos
entonces que realizamos un viaje de, por ejemplo, Barcelona a Madrid.
En
primer lugar fijemos el apetito al riesgo, considerando primero (y esto es de
suma importancia), el tipo de riesgos que estamos dispuestos a asumir para
conseguir unos objetivos también previamente definidos.
Así,
podríamos por ejemplo decidir que el objetivo es llegar a Madrid en menos de 5
horas, es decir, hacer 600 km en 5 horas. Pero, también podríamos decidir que
el objetivo es llegar a Madrid sanos y salvos, o hasta podríamos decidir que el
objetivo es llegar a Madrid sin que nos pongan ninguna multa. De hecho,
podríamos decidir el triple objetivo, llegar antes de 5 horas, sin multas y sin
accidentes.
Así,
la velocidad máxima a la que puede ir nuestro coche es de 300 km/h. Si nuestro
único objetivo es llegar antes de 5 horas, ya tenemos la capacidad máxima de
riesgo. Es decir, 300 km/h. Pero podríamos pensar que en caso de ir a 300 km/h durante todo
el viaje, forzaríamos tanto el coche que sería muy posible que se estropeara
durante el trayecto. Queda así definida la tolerancia al riesgo, es decir, la
velocidad a la que pensamos que como máximo deberíamos ir para no cargarnos el
coche.
Y
para finalizar, todos tenemos una velocidad a la que nos sentimos más cómodos,
pero ojo, en este caso, no podrá ser aquella tal que haga que la velocidad
media no nos permita alcanzar nuestro objetivo. Es decir, tenemos un apetito
al riesgo en la medida en que decidimos ir a una velocidad concreta que suponga
un riesgo en tanto que pueda comprometer nuestras preferencias pero que en
ningún caso pueda comprometer nuestros objetivos.
Si
ahora combinamos los objetivos de duración del viaje, seguridad y legalidad,
veremos que necesitamos combinar los diferentes umbrales para definir nuestro
apetito y tolerancia.
En definitiva esto es lo que pasa en muchas empresas
cuando tratan de definir estos conceptos para el binomio seguridad/rentabilidad
o calidad/rapidez.
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