martes, 14 de octubre de 2014

Capacidad, tolerancia y apetito de riesgo


Tres conceptos indispensables para considerar el riesgo en el ámbito de la gestión empresarial, y que por lo que he podido observar solo son considerados en determinados sectores de actividad.

Me gustaría aclarar que este blog pretende sobretodo, introducir en el mundo de la gestión de riesgos a directivos y mandos intermedios que no han tenido una relación directa con éstos por no trabajar en sectores en los que el riesgo son parte inherente a la actividad desarrollada de forma histórica.

Creo que sin duda uno de los mejores documentos que he leído al respecto es el de “Buenas Prácticas en gestión de riesgos. Definición e implantación de Apetito de Riesgo”, de la fábrica de pensamiento del Instituto de Auditores Internos de España. Este documento puede encontrarse en el siguiente enlace: 


Así, en este post haremos una simple mención a los conceptos intentando que nos podamos quedar con la intención y utilidad de los mismos más que una discusión pormenorizada de su referencia en los diferentes estándares y principios.

De este modo, hablaremos de tres niveles, coincidiendo cada uno de ellos con uno de los conceptos.

El apetito al riesgo será la cantidad de riesgo que estamos dispuestos a asumir
La tolerancia al riesgo será la cantidad de riesgo que podríamos llegar a asumir
La capacidad de riesgo es el riesgo máximo asumible sin comprometer los objetivos


Apetito, tolerancia y capacidad de riesgo. Fuente: Definición e implantación de Apetito de Riesgo. Instituto e Auditores Internos de España. 


En un curso sobre la ISO 31000:2009 al que asistí en Madrid el pasado mes de marzo, tratando sobre el tema de estas definiciones, una compañera ofreció un ejemplo que consideré simplemente brillante y que me permito reproducir con alguna aportación personal a continuación:

Imaginemos que conducimos un vehículo de gama alta que tiene una velocidad punta en autopista de 300 km/h.

Supongamos entonces que realizamos un viaje de, por ejemplo, Barcelona a Madrid.

En primer lugar fijemos el apetito al riesgo, considerando primero (y esto es de suma importancia), el tipo de riesgos que estamos dispuestos a asumir para conseguir unos objetivos también previamente definidos.

Así, podríamos por ejemplo decidir que el objetivo es llegar a Madrid en menos de 5 horas, es decir, hacer 600 km en 5 horas. Pero, también podríamos decidir que el objetivo es llegar a Madrid sanos y salvos, o hasta podríamos decidir que el objetivo es llegar a Madrid sin que nos pongan ninguna multa. De hecho, podríamos decidir el triple objetivo, llegar antes de 5 horas, sin multas y sin accidentes.

Así, la velocidad máxima a la que puede ir nuestro coche es de 300 km/h. Si nuestro único objetivo es llegar antes de 5 horas, ya tenemos la capacidad máxima de riesgo. Es decir, 300 km/h. Pero podríamos pensar que en caso de ir a 300 km/h durante todo el viaje, forzaríamos tanto el coche que sería muy posible que se estropeara durante el trayecto. Queda así definida la tolerancia al riesgo, es decir, la velocidad a la que pensamos que como máximo deberíamos ir para no cargarnos el coche.

Y para finalizar, todos tenemos una velocidad a la que nos sentimos más cómodos, pero ojo, en este caso, no podrá ser aquella tal que haga que la velocidad media no nos permita alcanzar nuestro objetivo. Es decir, tenemos un apetito al riesgo en la medida en que decidimos ir a una velocidad concreta que suponga un riesgo en tanto que pueda comprometer nuestras preferencias pero que en ningún caso pueda comprometer nuestros objetivos.

Si ahora combinamos los objetivos de duración del viaje, seguridad y legalidad, veremos que necesitamos combinar los diferentes umbrales para definir nuestro apetito y tolerancia. 

En definitiva esto es lo que pasa en muchas empresas cuando tratan de definir estos conceptos para el binomio seguridad/rentabilidad o calidad/rapidez.

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